El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó a las empresas, que cuentan con 100 a más trabajadores, que en sus reglamentos internos de trabajo y su organización laboral, deben incorporar acciones frente al VIH y Sida.
Recordó que así lo establece la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR, que aprueba las “Medidas Nacionales frente al VIH y Sida en el lugar de trabajo” y que contiene las obligaciones y derechos de empleadores, trabajadores y personas que buscan empleo, orientadas a prevenir y controlar esta enfermedad.
«Asimismo, se recomienda a los empleadores elaborar políticas e implementar programas que permitan brindar efectivo cumplimiento a las acciones incorporadas en sus respectivos reglamentos internos de trabajo, respecto de este mal», anotó.
Entre ellas, promover y proteger los derechos laborales de las personas que viven con el VIH, implementar medidas orientadas a prevenir la transmisión del mal, brindar asistencia y apoyo a los/as trabajadores afectados por esta enfermedad, así como prevenir y sancionar la comisión de actos discriminatorios hacia las personas que viven con el VIH, refirió.
El MTPE recordó, asimismo, que está prohibido que el empleador exija la prueba del VIH o la exhibición del resultado de ésta, al momento de contratar trabajadores, durante la relación laboral o como requisito para continuar en el trabajo.
«Las personas que han desarrollado el Sida y que se encuentran en una actividad laboral bajo dependencia, y que como consecuencia de dicha enfermedad, de conformidad con la normatividad vigente, califican para obtener una pensión de invalidez, llevan a cabo el trámite pensionario pertinente ante la ONP o AFP respectiva».
Fuente: Andina