Indecopi blinda tercerización laboral

El Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi dispuso, a beneficio de la empresa Cosapi Minería, que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) no pueda supervisar o sancionarla por no cumplir con eliminar la tercerización laboral en sus actividades esenciales. Ello se da producto de una medida cautelar ratificada en segunda y última instancia por esta ala del Indecopi; y pese a darse en la denuncia de Cosapi hacia el Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo (MTPE), aplica desde ya para todas las empresas a nivel nacional.

Desde la CGTP manifestaron su rechazo a la decisión del Indecopi, y aseguran no entender por qué un organismo que vela por el bien de los consumidores puede catalogar como barreras burocráticas la defensa de los derechos laborales, más aún cuando el presidente de Indecopi, Julián Palacín, fue designado por su afinidad a los criterios del Gobierno de Pedro Castillo. En ese sentido, Gustavo Minaya, secretario de defensa de la confederación laboral, alega que los funcionarios del Indecopi están desconociendo los convenios internacionales, como el 87 y 98 de la OIT, así como la protección del trabajo digno para someterse a los intereses de los gremios empresariales.

Por su parte, el MTPE lamentó que el Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi haya emitido una medida cautelar para prohibir a Sunafil fiscalizar que se cumpla con la prohibición de la tercerización laboral en los núcleos de negocio de las empresas.

Mediante un comunicado, la cartera encabezada por Alejandro Salas precisa que los cambios en la tercerización laboral tienen como objetivo tutelar la estabilidad laboral y la seguridad y salud en el trabajo, ya que los trabajadores tercerizados son contratados a plazo fijo a pesar de que realizan labores permanentes. Además, aseguraron que continuarán defendiendo y respetando los derechos de los trabajadores dado que la medida cautelar del Indecopi no cuestiona la vigencia del DS-001-2022-TR.

Fuente: La República