MINAM modificó artículos sobre protección de los defensores ambientales

El Ministerio del Ambiente (MINAM) publicó la Resolución Ministerial N° 168-2022-MINAM que modifica los artículos 17, 21 y 24 del Protocolo Sectorial para la protección de las personas defensoras ambientales. Con estas medidas se espera mejorar el seguimiento y al protección de los defensores ambientales. Desde el inicio de la pandemia hasta abril del presente año se contabilizaban en 18 los defensores ambientales asesinados.

La modificación del artículo 17 señala que los órganos de línea, programas y proyectos especiales del MINAM, así como sus organismos adscritos, acopien información en relación a situaciones de riesgo que enfrentan las personas defensoras ambientales y sus familiares. La información incluye la identificación de la persona afectada, los hechos y las consecuencias de la presunta agresión, los presuntos agresores, las autoridades involucradas y las acciones adoptadas para prevenir la agresión. Estos órganos deben remitir a la UNIDA (Unidad Funcional de Delitos Ambientales) dicha información y asignar un personal de enlace que se encargue de acceder, gestionar y mantener actualizada la Ficha de Identificación de Situaciones de Riesgo.

El nuevo articulo 21 indica que la UNIDAD remite la resolución del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia en un plazo máximo de tres días hábiles, a los titulares de los órganos de línea, programas y proyectos especiales del MINAM para efectos de su implementación. Además, en el artículo 24 se señala que estos órganos deben reportar a la UNIDA los avances y cumplimiento de las medidas de protección.

Por su parte la UNIDA debe llevar a cabo un monitoreo periódico a la implementación de la medidas de protección a cargo del Sector Ambiente y evaluar sus efectos para garantizar los derechos de las personas defensores; e identificar las dificultades en su implementación, con la finalidad de proponer mejorar y optimizar su diseño y ejecución.

Fuente: Agencia Andina