Ciudadano con discapacidad gana demanda a AFP que le negó pensión por invalidez permanente

Tras ocho años de litigio, Ricardo Galván logró que se reconozca el adelanto de su pensión por invalidez permanente. Esta solicitud la realizó tras sufrir una lesión en su hombro derecho que sumada a su discapacidad medular le impedía seguir con sus labores normales y mantener su independencia.

Su defensa presentó una Acción de amparo contra la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora Privada de Fondo de Pensiones, el Comité Médico de las Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (COMAFP), el Comité Médico de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (COMEC) y la Administradora de Fondo de Pensiones Integra (AFP Integra S.A.), tras esta decisión, por considerarla altamente discriminatoria.

El 18 de mayo de 2021, el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima resolvió fundada la demanda de amparo presentada por la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos, espacio jurídico perteneciente a la Pontificia Universidad Católica del Perú, entidad que brindó acompañamiento y asesoría gratuita al demandante durante estos años de litigio.

Galván inicio sus aportes a AFP Integra en 1996 y aunque le aseguraron que por su condición no tendría ninguna dificultad para recibir los servicios de la AFP, la realidad resultó diferente. Tras sufrir una lesión en el hombro derecho en el 2013, su doctor le indicó que no podía continuar sus labores y que su lesión no era reparable. Con dicho diagnóstico solicitó el adelanto de su pensión apelando a la invalidez permanente. Sin embargo, el Comité Médico de las AFP (COMAFP) indicó que Galván no cumplía el porcentaje de «menoscabo» de 2/3 requerido por su manual.

Después de varios procesos, el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundada la Acción de Amparo en favor de Ricardo Galván, sentando un precedente en materia de derechos e inclusión. «La decisión abre las puertas a un acceso a la pensión de invalidez en igualdad de condiciones para las personas con discapacidad. Es importante que en el Perú este colectivo representa al 10% de la población nacional. A pesar de ello, enfrentan una serie de exclusiones sistemáticas. Esta sentencia es un paso en la garantía que el Estado debe dar a estas personas, de conformidad con las obligaciones nacionales e internacionales asumidas por el Perú», cita la nota de prensa publicada por la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos.

Fuente: Wayka