A pesar de los audios y documentos que sustentan la denuncia de la Procuraduría Anticorrupción sobre la adulteración de cifras del stock de anchoveta por funcionarios del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), para beneficiar a la industria pesquera, el Ministerio Público concluyó que no se ha podido acreditar un delito y archivó la investigación que inició en marzo de 2020, tal como figura en la resolución fiscal a la cual accedió Convoca.pe.
Ante ello, el 15 de noviembre último, el procurador regional de la Procuradoría Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Callo, Engie Herrara Yactayo, presentó una apelación para que la Fiscalía Superior Especializada en Corrupción de Funcionarios del Distrito Discal del Callao confirme o no el archivamiento de la denuncia.
Los funcionarios del IMARPE denunciados son Renato Caron Guevara Carrasco, director ejecutivo científico; Pedro Ramiro Castillo Valderrama, director general de Investigaciones en Hidroacústica, Sensoramiento Remoto y Artes de Pesca; Luis Ángel La Cruz Aparco, especialista de la Dirección General de Hidroacústica; y Miguel Ángel Ñiquen Carranza, director general de investigaciones de Recursos Pelágicos.
La procuraduría sospecha que el presunto falseamiento de los datos se habría hecho con el objetivo de que la medición de la biomasa de anchoveta figure con una cifra mayor a la real. Así, las empresas dedicadas a la pesca industrial, agrupadas en la Sociedad Nacional de Pesquería, podrían generar mayores volúmenes de captura en detrimento de la sostenibilidad del recurso.
A inicios de este mes, el titular del primer despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios del Callao, Óscar Vite Torre, dispuso no formalizar ni continuar la investigación preparatoria a los funcionarios del Imarpe, por las denuncias de la Procuraduría Anticorrupción y de la Procuraduría del Ministerio de la Producción. El magistrado consideró que no se pudo acreditar la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible, en agravio del Estado. La pena que establece la ley para los funcionarios públicos por este delito es no menor de cuatro ni mayor de seis años de cárcel e inhabilitación para ejercer un cargo en el Estado.