Reserva Nacional Dorsal de Nazca permite la pesca industrial

Decreto que crea la primera Área Protegida Marina incluye un artículo que garantiza los derechos preexistentes

Se confirmaron las sospechas. Tal como se había alertado, la nueva Reserva Nacional Dorsal de Nazca (RNDN) ha incluido un artículo que desnaturaliza su razón de ser. El decreto de creación de la reserva garantiza la continuidad de los derechos privados de explotación "preexistentes", en otras palabras, que se permitirá la pesca industrial. Esto sentaría un precedente negativo a nivel internacional.

La Dorsal de Nazca es la primera área protegida netamente marina del país, y se orienta hacia la conservación de alrededor del 8 % de nuestro territorio marítimo. El compromiso internacional asumido por el país en el marco del Convenio sobre Diversidad Biológica de las Naciones Unidas y las Metas de Aichi para la Biodiversidad implica lograr la protección efectiva de al menos el 10% de nuestro dominio marítimo para el 2020. Hasta antes de la creación de esta nueva área, únicamente el 0,5% de nuestro mar se encontraba protegido. El área está ubicada a 105 kilómetros de distancia de la costa, frente a la región de Ica, y cubre una superficie de 62,392.0575 km2, con más de 3000 metros de profundidad. En su territorio se ha identificado 32 especies de importancia comercial como la pota, perico, bonito, jurel, tiburón azul, pez espada, atún aleta amarilla, caballa. Además, el área superficial de la Dorsal de Nasca es una zona de tránsito para especies migratorias como el albatros de Salvín y la tortuga cabezona.

Sin embargo, el decreto de creación del Área abre una ventana para la continuación de las actividades de pesca industrial en la zona, al reconocer los derechos privados preexistentes, contrariamente a la práctica internacional. Según Alejandro Chirinos, coordinador del programa de Gobernanza Marino Costera de CooperAcción, “Según la ley de Áreas Naturales Protegidas, éstas son de dominio público y no se debe permitir ninguna actividad privada. Además, de acuerdo a la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza), las áreas naturales marinas deben ser de protección estricta, sin permitir ninguna injerencia o intervención privada”. Chirinos menciona que en la práctica internacional, la creación de áreas marinas ha restringido las actividades industriales, por ejemplo “en Chile, un país que ha creado varias áreas marinas en los últimos años, no permite que en éstas se realice actividad pesquera industrial”.

Fuente: CooperAcción