
Mediante Decreto Supremo 15-2020-TR publicado el pasado 23 de junio, el Gobierno modificó las exigencias para las empresas que soliciten la denominada “suspensión perfecta” de trabajadores. Con esta modificación, los requisitos previamente establecidos se vuelven “facultativos” y basta con demostrar que sus ventas el mes anterior son “igual a cero”.
De acuerdo al MTPE, las compañías aplicarán esta figura sin recurrir a medidas previas (adelanto de vacaciones, reducción de jornada y salario), siempre y cuando no registren ninguna venta un mes antes de la adopción de dicha figura laboral.
También se dispuso que la verificación de la Sunafil ya no será indispensable, ya que las solicitudes de suspensión se deberán corroborar solo “cuando sea exigible”.
Cabe indicar que al 20 de junio existen 29.519 solicitudes de empresas para acogerse a esta figura, que comprende 282.667 trabajadores.
Con información de La República